CRÉDITO HIPOTECARIO
- Edgar Daniel Palacios Ochoa
- 30 may 2023
- 3 Min. de lectura

El artículo 2792 del Código Civil para el Estado de Querétaro, define a la hipoteca como “…una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan al acreedor y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley…”.
La hipoteca es el contrato de garantía civil que se celebra con mayor frecuencia. Es un contrato unilateral y gratuito y que genera un derecho real de garantía para el Acreedor.
La participación del Notario se vuelve indispensable al formalizar, bajo su fe, y dentro de su protocolo, los otorgamientos de créditos garantizados con una hipoteca. Encontramos su fundamento en el mismo Código Civil para el Estado de Querétaro, en su artículo 2816, que a la letra dice: “...Cuando el crédito hipotecario exceda de quinientas veces el salario mínimo general diario vigente en la zona, la hipoteca debe otorgarse en escritura pública. Cuando no exceda de esa cantidad, podrá otorgarse en escritura privada, ante dos testigos, de la cual se harán tantos ejemplares como sean las partes contratantes…”.
¿Qué es un crédito hipotecario?
Un crédito hipotecario o una hipoteca, es un préstamo de dinero que una institución financiera otorga en favor de una persona física o persona moral el cual puede ser destinado para la adquisición de un bien inmueble, la construcción de una vivienda, la remodelación de una vivienda, la sustitución de un crédito, para liquidez, etc. El destino dependerá de la institución otorgante y de la necesidad del solicitante.
A fin de garantizar el pago del crédito otorgado, más el capital, los intereses y demás prestaciones derivadas se constituye una hipoteca sobre uno o más bienes inmuebles, garantizado con el valor de la misma propiedad.
Este tipo de préstamos son distintos a los otros que se pueden ofrecer, debido a diferentes factores como la cantidad de dinero otorgada, el motivo del acuerdo, la intervención de otras instituciones, las garantías de pago que se establecen y las condiciones del crédito.
¿Cuáles son las principales características de los créditos hipotecarios?
La garantía de pago del crédito se fija con la o las hipotecas del bien inmueble o bienes inmuebles, por lo que en caso de que falten los pagos de las mensualidades, o algunas otras causales de vencimiento anticipado, establecidas dentro del contrato, el cobro puede realizarse con la propiedad que se ha dejado en garantía, después de realizar el procedimiento correspondiente establecido en la Ley.
Al finalizar el plazo de pago del crédito, el acreditado deberá tramitar una carta de instrucción de cancelación de hipoteca, dirigida al Notario elegido por el mencionado acreditado, con el fin de ratificar el no adeudo y liberar de la hipoteca al o los bienes inmuebles afectados.
Este tipo de préstamos se fijan a mediano y largo plazo, con planes de pago que van desde los 5 hasta los 30 años. El pago del crédito se hace de manera mensual.
Para poder contratar una hipoteca, se debe comprobar que se cuenta con ingresos adecuados a la deuda que se va a adquirir. Además, se debe tener un ahorro inicial.
La compra de un inmueble a través de un crédito hipotecario tiene relacionado algunos gastos asociados como los relacionado con los gastos de escrituración (impuestos, gastos derechos y honorarios), los gastos de originación y los seguros asociados (vida, daños y desempleo)
En conclusión, un crédito hipotecario es mucho más dinámico de lo que podemos pensar a simple vista. Es una excelente herramienta para hacerte de un bien inmueble y/o formar un patrimonio.
Es importante destacar que siempre debemos tener en cuenta las condiciones en las que se contrata un producto. El uso responsable de nuestras finanzas y créditos es fundamental para formar un patrimonio y gozar de salud financiera.
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